Los derechos humanos de las personas migrantes están incluidos, casi en su totalidad, en todos y cada uno de los instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos que se han adoptado desde mediados del siglo XX.
IPPDH, OIM
Serie Migración y Derechos Humanos – 1
Los derechos humanos de las personas migrantes están incluidos, casi en su totalidad, en todos y cada uno de los instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos que se han adoptado desde mediados del siglo XX.
Tanto en el ámbito de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) –sistema universal– como de la Organización de los Estados Americanos (OEA) –sistema interamericano– las declaraciones y acuerdos aprobados desde entonces reconocen un amplio catálogo de derechos humanos a todas las personas que se encuentran bajo la jurisdicción de un Estado. En términos generales, la nacionalidad u otra condición de la persona no es, ni debe ser, un criterio válido para reconocer y garantizar un derecho humano.